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22 de junio de 2026

Rizzotti y Zigarán impulsan la legalización integral de la hoja de coca y su comercio regulado

El proyecto de los diputados jujeños propone autorizar la importación, distribución y venta minorista de hoja de coca en estado natural, excluirla del régimen de estupefacientes y derogar el decreto que hoy prohíbe su ingreso al país.

Los diputados de Provincias Unidas Jorge Rizzotti y María Inés Zigarán presentaron un proyecto de ley para establecer un régimen integral de importación y comercialización de la hoja de coca en estado natural, con el objetivo de resolver las contradicciones legales vigentes y formalizar un mercado que hoy opera mayormente en la informalidad.

La iniciativa reconoce a la hoja de coca como parte de prácticas culturales arraigadas en diversas regiones del país, especialmente en el norte argentino, y propone autorizar expresamente su importación, almacenamiento, transporte, venta y consumo, destinados al coqueo o a su uso en infusión. En ese marco, plantea modificar la Ley 23.737 de estupefacientes para excluir de su alcance estas actividades cuando se realicen en las condiciones que establezca la nueva normativa.

Uno de los ejes centrales del proyecto es la derogación del decreto 648/78, vigente desde la última dictadura, que prohíbe la importación de hoja de coca. Según los autores, esa norma genera una contradicción con la legislación posterior que habilitó el consumo, produciendo un vacío que termina abastecido por circuitos ilegales.

“El ordenamiento jurídico permite consumir un producto cuyo ingreso está prohibido, lo que deja el mercado en manos del contrabando”, advierten los fundamentos de la iniciativa, que estiman en más de un millón y medio los consumidores en la Argentina.

El esquema propuesto prevé un sistema de licencias y control estatal a cargo del Poder Ejecutivo, que deberá regular y fiscalizar toda la cadena. Se establece además la creación de un Registro Especial de Importadores, con requisitos comerciales, fiscales y penales, y se delimitan los puntos de ingreso y acopio a granel en Jujuy, Salta y Formosa, desde donde el producto deberá distribuirse en envases autorizados.

El texto fija un tope de hasta 200 gramos por unidad de venta al consumidor final y contempla un régimen sancionatorio que incluye multas, suspensión y revocación de licencias para quienes incumplan las disposiciones. También dispone la incorporación de la hoja de coca al Código Alimentario Argentino, con el fin de establecer estándares sanitarios, de calidad y trazabilidad.

Los autores fundamentan la propuesta en cuatro objetivos: brindar seguridad jurídica, recuperar recaudación fiscal, garantizar controles sanitarios y diferenciar la hoja de coca de los estupefacientes derivados. En ese sentido, sostienen que la regulación permitiría reducir el mercado informal, mejorar el control estatal y abaratar el precio para los consumidores al eliminar la llamada “renta de frontera”.

Asimismo, el proyecto invoca principios constitucionales vinculados a la libertad personal, la identidad cultural y los derechos de los pueblos indígenas, y señala que el consumo tradicional de la hoja de coca ya está reconocido tanto a nivel nacional como en tratados internacionales.

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