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26 de diciembre de 2023

La Justicia aceptó tratar un amparo que pide anular el DNU

Se trata del recurso presentado por Claudio Lozano y otros representantes del Observatorio del Derecho a la Ciudad contra el polémico decreto para desregular la economía

El juez federal en lo Contencioso Administrativo Esteban Furnari aprobó la presentación de un amparo contra el DNU de Javier Milei presentado por Claudio Lozano y otros representantes del Observatorio del Derecho a la Ciudad

A través de una resolución, el magistrado dispuso ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos. Así, se abre la puerta a que otras presentaciones puedan terminar concentradas en el mismo expediente. Ahora se espera que se pronuncie acerca de si es admisible avanzar contra el DNU

La presentación la había hecho Lozano (CTA), junto con Hugo "Cachorro" Godoy (ATE) y la organización civil. Sin embargo, aclararon a El Cronista que la presentación no la realizaron como representantes de las organizaciones.

En la resolución firmada por Furnari se precisa que se admite "como amparo colectivo en los términos del artículo 43 C.N". Además, se indica: "Ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos de conformidad con lo previsto en el punto III de la acordada CSJN 12/2016". 

El magistrado aclaró que esto no implica "abrir juicio a esta altura sobre la admisibilidad formal del amparo o sobre su procedencia como así tampoco con relación al pedido cautelar". Así admite como un proceso colectivo el reclamo para iniciar su análisis.

Si bien esta es la primera, hay otras demandas que se presentaron contra el DNU, como la que impulsó el abogado constitucionalista, Andrés Gil Domínguez, que recayó ante el juez Pablo Cayssials. Además, la CGT anticipó que en los próximos días también haría su propia presentación.

El Fuero Contencioso es el que se ocupa de los juicios iniciados contra cualquier poder del Estado.

DNU de Milei: qué dice la demanda que busca declararlo inconstitucional

La demanda reclama dictar la inconstitucionalidad del decreto y también una medida cautelar que ponga freno a su aplicación por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3) y por constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público.

El amparo está firmado por el abogado Jonatan Baldiviezo, fundador de la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad; Lozano, presidente de Unidad Popular; María Eva Koutsovitis, fundadora de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos; Godoy, Secretario General de la CTA Autónoma Nacional y Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

En la presentación, las entidades repasan los términos del decreto y cuestionan que "el Poder Ejecutivo consideró que esta ‘desesperante situación económica general' habilita a dictar un DNU por medio del cual se derogan totalmente 41 leyes y decretos ley, se derogan parcialmente 7 leyes y se modifican 33 leyes".

En el mismo sentido, agrega: "Es decir, es un DNU que afecta la vigencia de 81 leyes cuyo contenido abarca materias diversas como Reforma del Estado, Desregulación Económica, Trabajo, Comercio Exterior, Bioeconomía, Minería, Energía, Aerocomercial, Justicia, Código Civil y Comercial, Salud, Comunicación, Deportes, Sociedades, etc".

Según consideran, queda expuesto "de forma manifiesta que este Decreto no tiene por objetivo afrontar la solución coyuntural y transitoria de una situación de emergencia en circunstancias excepcionales, sino establecer un nuevo rumbo social y económico para el país de forma permanente". 

Además, según indican en la presentación, con el decreto se suman funciones al poder Ejecutivo. "La envergadura de este paquete normativo equivale a afirmar que el Poder Ejecutivo se ha arrogado facultades extraordinarias y facultades equivalentes a ejercer la suma del poder público".

 

 

 

 

 

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