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ARGENTINA

5 de octubre de 2023

El proyecto de la Ley de Alquileres tuvo dictamen y se trataría en Diputados

El oficialismo logró 41 firmas a favor de la iniciativa que viene del Senado sobre el proyecto de reforma de la Ley de Alquileres

El oficialismo de la Cámara de Diputados logró este miércoles imponer su mayoría sobre el proyecto de reforma de la Ley de Alquileres aprobado la semana pasada por el Senado, en el que se ratifica la vigencia de un plazo de duración de tres años de los contratos y un esquema de ajuste semestral, entre otras cuestiones.

A fines de agosto, la oposición había logrado la media sanción de un proyecto que proponía, entre otros puntos, volver a los contratos de dos años con actualizaciones cada cuatro meses. Sin embargo, cuando ese texto llegó al Senado el oficialismo hizo valer su mayoría e introdujo cambios claves. Esto hizo que la iniciativa gire a Diputados en segunda revisión, es decir que vuelva a la cámara de origen.

El proyecto fue debatido en el plenario de las comisiones de Legislación General y Presupuesto donde el oficialismo logró 41 firmas a favor del proyecto en revisión proveniente del Senado, en tanto que la postura de la oposición de insistir en la sanción inicial votada por la Cámara baja recibió el respaldo de 39 legisladores.

De todos modos, la definición se dará en el recinto, donde fuerzas que no tienen representación en la comisión de Presupuesto, como la Izquierda, el Socialismo y los libertarios, podrían inclinar la balanza a favor de uno u otro proyecto.

Ejes principales del proyecto de Alquileres

  •  Un plazo mínimo de locación de inmueble de 3 años.
  • Para los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis meses.
  • En cuanto al índice de actualización, en vez de aplicar por partes iguales el índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), dispone que se aplicará el coeficiente Casa Propia, publicado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
  • Las publicidades, a través de cualquier medio o plataforma, que incluya precios de locaciones de inmuebles deben realizarse en moneda nacional.
  • Para el cálculo de las indemnizaciones deberá tomarse como base el valor del mes de alquiler en el momento en que se entrega el inmueble. También, en la parte que expresa que no corresponde indemnización si la notificación al locador se hace con un mínimo de tres meses de anticipación, añade que el preaviso debe operar sus efectos luego de haberse cumplido seis meses de contrato.
  • La Secretaría de la Vivienda para garantizar el “Programa Nacional de Alquiler Social” deberá relevar y difundir información estadística sobre la situación de las locaciones con fin habitacional en la Argentina, identificando demanda locativa y cantidad de hogares inquilinos, y, sobre la demanda habitacional de alquiler social, beneficiarios alcanzados y las medidas adoptadas para su cumplimiento.
  • Sobre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes sostiene que la actividad de locación de inmuebles mediante contratos debidamente registrados se considera una sola unidad de explotación. También agrega que los ingresos provenientes de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo.
  • Establece las exenciones del gravamen sobre los créditos y los débitos en cajas de ahorro o cuentas corrientes utilizadas exclusivamente para operaciones relacionadas con locaciones de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos estén debidamente registrados.
  • Dispone que las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10 % del monto anual del contrato de locación.

 

 

 

Fuente:sitioandino

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