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10 de mayo de 2023

Según el abogado Viola, especialista en Derecho Parlamentario, la Corta avasalla la Autonomía Provincial

El abogado constitucionalista, Martín Viola, explicó que: "La corte debe decidir sobre la candidatura de Manzur y si la acepta, discriminará. Si Manzur renuncia, la sentencia quedará incompleta, pero en ambos casos se resolverá el asunto". Escuchá la nota completa

"La decisión de la CSJN de suspender la elección de las autoridades provinciales de Tucumán, a sólo 5 días de su realización, no solamente avasalla la autonomía provincial consagrada en el Art. 5 de la Constitución Nacional, sino que pone en riesgo el sistema federal argentino", explicó Martín Sebastián Viola en Tucumán A Diario.

El abogado, especialista en Derecho Parlamentario, dijo que: "la sentencia se limita simplemente a intentar revertir lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán y lo establecido por el Dictamen del Procurador General de la Nación, sin esbozar argumentos sólidos que justifiquen la suspensión del acto comicial provincial.

La doctrina especializada establece que “fundar una sentencia” significa que la resolución debe contener la crítica concreta y razonada de los puntos del veredicto que afecten el derecho de las partes. "Absolutamente nada de esto dijo la Corte Suprema Justicia de la Nación, generando mayor incertidumbre en las interpretaciones políticas y jurídicas que genera la decisión" recordó Viola.

"Cabe recordar que muchas veces, algunos sectores del Poder Judicial, pretenden influir, revisar o controlar el poder político, sea o no gobernante, pero con la gran diferencia que aparenta ser un proceso judicial, legal y constitucional.

"Frente a esta circunstancia, la Corte dio a la provincia de Tucumán cinco días para remitir un informe en el que basará su decisión de mantener o no las elecciones", según el abogado.

La decisión pareciera ser suspender todo el acto eleccionario hasta tanto haya una sentencia firme en la causa que se cuestiona la postulación a vicegobernador de Juan Manzur.

 Sin embargo, "en caso de que Manzur declinara de su candidatura y la misma fuese comunicada a la Corte Nacional en el informe circunstanciado que emitirá la Fiscalía de Estado, convertiría en abstracta la cuestión planteada, y allanaría los plazos para que el cronograma de la nueva convocatoria electoral sea establecido por la Junta Electoral Provincial", reclamó el Magister.

Por último, pretender que el alcance de la cautelar de la Corte de la Nación alcance únicamente a la categoría de gobernador y vicegobernador, habilitando los comicios el día domingo 14 de mayo para todos los demás cargos electivos, violaría abiertamente en inciso 13 del Art. 43 de la Constitución de Tucumán, que establece que “Toda elección deberá realizarse en un solo día, sin que las autoridades puedan suspenderla en ningún momento", enumeró el Dr. Viola.

"Sin plazos legales obligatorios a cumplir por parte del Tribunal Supremo nacional, los pasos a seguir dependerán de dos cuestiones trascendentes: la postura que tome la Junta Electoral Provincial y el Gobierno de la provincia de Tucumán frente a la resolución pero sobre todo de la voluntad política de Juan Manzur de insistir o declinar su candidatura a Vicegobernador", cerró Viola.

 

 

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