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17 de octubre de 2022

Internet gratis: Cuáles son los beneficiarios que podrán acceder

Un grupo de ANSES será beneficiado con conexión a internet gratis y además miles de personas podrán acceder a los programas que otorgan equipos tecnológicos

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) es el organismo encargado de llevar adelante los programas relacionados con el mundo tecnológico para achicar la brecha digital.
La novedad radica en que el organismo prometió llevar conexión a internet de manera 100% gratuita a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Por otro lado, siguen en marcha los planes "Conectar Igualdad" o "Conectando Con Vos", a través del cual miles de personas tienen acceso a diferentes dispositivos tecnológicos como tablets o computadoras en simples pasos.

TABLETS GRATIS: ¿CÓMO ACCEDER A CONECTANDO CON VOS?

La llegada de la pandemia provocó que el uso del internet sea fundamental para comunicarse, continuar con los estudios y con el trabajo de manera remota.
Es por eso que surgió un nuevo objetivo por parte del gobierno, garantizar el acceso de tablets o computadoras a aquellas personas que se encuentran en una situación económica vulnerable.

El Plan Conectando Con Vos "promueve el acceso a equipamiento que facilite la inserción, integración y desarrollo social mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones".

Su implementación se dará en tres etapas:


Los dispositivos se entregarán mediante convenios entre el ENACOM y las jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y otras entidades intermedias.


En el caso de las personas beneficiarias del programa Conectar Igualdad la implementación se hace a través del Ministerio de Educación de la Nación.


En principio van a entregarse 140.000 dispositivos. Esa cantidad puede ampliarse hasta un 35%. según cómo se desarrolle el programa.

¿CÓMO SOLICITAR  LA PRESTACIÓN BÁSICA UNIVERSAL Y OBLIGATORIA (PBU)?

La prestación está dirigida para aquellas personas que no pueden afrontar el pago de los planes de los servicios de telefonía fija, móvil, televisión por cable o internet.

Para solicitar la asistencia deben seguir los pasos:

1. Descargar la Declaración Jurada que se encuentran en la página web oficial del gobierno: argentina.gob.ar
2. Completar el documento
3. Enviarla a los prestadores de los servicios que sean necesarios, a través de los canales de atención habilitados.

"En caso que la empresa no garantice la Prestación Básica Universal (PBU), los solicitantes deberán iniciar el reclamo frente a la prestadora. Si persiste el incumplimiento, los beneficiarios podrán enviar un formulario online informativo al ENACOM para el seguimiento de la solicitud", indica la página web del Gobierno. 

¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?

  • Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
  • Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
  • Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscripta ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

 

 

 

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