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27 de abril de 2020

Continua el cierre de fronteras y la prohibición en el ingreso de extranjeros

La resolución, oficializada a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 409/2020, se enmarca en la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto hasta el próximo 10 de mayo

 

En sintonía con las políticas de aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Gobierno de la Nación resolvió prorrogar hasta el 10 de mayo inclusive el cierre de fronteras y la prohibición de ingreso de extranjeros al país, como parte de las medidas para hacer frente a la pandemia de coronavirus.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 409/2020, el Poder Ejecutivo prolongó el cierre de fronteras hasta el 10 de mayo al tiempo que se amplió por un año la emergencia en materia sanitaria. 

Lo cierto es que esta resolución “se enmarca en el conjunto de medidas y acciones que el Estado Nacional ha llevado adelante con el fin de contener la propagación de COVID-19, siendo congruente con las limitaciones que han establecido otros países y que permanecen vigentes a la fecha”. 

 

Alberto Fernández junto a Larreta (izq.) y Kicillof (der.)

 

De esta manera, el Poder Ejecutivo mantiene la "prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso, con el objeto de reducir las posibilidades de contagio".

Vale recordar que si bien la Argentina dispuso el cierre total de fronteras, la restricción no aplica para los argentinos o extranjeros residentes que están en el exterior, al tiempo que permanece el criterio de cuarentena, entendiendo que una vez que vuelvan deberán cumplir con el aislamiento obligatorio de 14 días.

El "aislamiento social, preventivo y obligatorio" fue dispuesto por el Gobierno desde el 20 hasta el 31 de marzo; luego fue prorrogado hasta el 12 de abril y, posteriormente, hasta el 26 de este mes, para finalmente ser extendido hasta el 10 de mayo inclusive.

En esto, el Decreto encuadra la decisión contemplando que la misma “referida resulta necesaria, razonable y proporcionada con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta el país”.

 

 

 

 

 

 

 

 

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