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EL TIEMPO EN TUCUMAN

SUBSIDIO DE SALUD

18 de octubre de 2019

Desde noviembre no será necesaria la orden de consulta para los mayores de 65 años

El Subsidio de Salud, informó que desde el próximo mes los afiliados con más de 65 años, no precisarán la orden de consulta para ir al médico, podrán hacerlo con el DNI, y sin tener que pagar nada

El IPSST, Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán, anunció que, a partir del mes de noviembre, dejará de entregar órdenes a los mayores de 65 años. Cabe aclarar que las 3 primeras órdenes de consulta son totalmente gratuitas.

Desde 1º de junio rige la gratuidad y contempla a todos los adultos mayores de 65 años de edad (sin importar su condición), es decir; voluntarios o forzosos, activos/pasivos, de reciprocidad, titulares o adherentes.

El beneficiario, además de tener bonificadas las tres primeras ordenes de consultas al mes, deberá asistir directamente al médico para ser atendido, presentado únicamente su DNI, sin tener que abonar nada y sin tener que ir hasta la Obra Social a adquirir los bonos, representando esto un importante ahorro en materia de tiempo en desplazamiento, simplificándose este último trámite.

Únicamente en caso de necesitar una cuarta consulta o más, deberá  dirigirse a la Obra Social para autorizarlas con pago de Coseguro.

Este beneficio constituye un significativo esfuerzo por parte de la Obra Social, promoviendo un avance para todos los beneficiarios mayores de 65 años de edad, quienes representan alrededor de un 30 por ciento del padrón de aportantes a la Obra Social provincial.

Por consultas ante cualquier consulta puede comunicarse con la Mesa de Ayuda del IPSST al Teléfono: 0381 4507899 o través del  Mail: [email protected]

Atención directa en consultorio para todos los afiliados

Se encuentra en vigencia la Atención Directa en Consultorio, sistema a través del cual el afiliado y los integrantes de su Grupo Familiar pueden concurrir directamente al médico (presentando DNI y/o CUIL) y abonar la consulta realizada a través del descuento por boleta de sueldo del titular, sin necesidad de adquirir las órdenes de consulta en Casa Central o Filiales.Para acceder a este beneficio, es necesario que el titular de la Obra Social gestione su adhesión a esta modalidad.

¿Cómo se realiza la adhesión?

Aquellos Afiliados/as que cuenten con boleta de sueldo digital podrán ingresando a digituc.gob.ar hacer click en el botón izquierdo o banner central del IPSST.

Aquellos afiliados que no pertenecen a la Administración Pública Centralizada, deberán consultar en su repartición o podrán adherirse individualmente concurriendo a Casa Central o Filiales en la oficina de Beneficiarios.

Quienes accedan a este beneficio y luego de hacer uso del mismo podrán identificar el descuento de la práctica en la boleta de sueldo del titular, bajo el nombre de “Copago Autorización en línea código Nº 170050”, al mes posterior haber recibido la atención médica.

Es importante destacar que él o los descuentos correspondientes se realizarán únicamente en caso de que el afiliado o algún integrante del grupo familiar haya hecho uso del servicio asistiendo al médico en ese período, caso contrario no se le realizará ningún tipo de descuento.

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