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22 de septiembre de 2025

Pidieron la detención de un iraní condenado por asociación ilícita y por ingresar al país con pasaporte falso

Para el MPF, es necesario ordenar la detención de Samiei Sajjad Naserani “a fin de asegurar su sujeción al proceso y la eventual ejecución de la pena aplicable”. La Corte Suprema rechazó ayer uno de los recursos que la defensa había presentado contra la condena.

La fiscal general Gabriela Baigún solicitó hoy al Tribunal Oral Federal Nº6 que ordene la inmediata detención de SamieiSajjad Naseran, el ciudadano iraní condenado a 4 años y 6 meses de prisión por integrar una asociación ilícita internacional que falsificaba documentación y por ingresar al país en 2019 con un pasaporte falso.

En su escrito, la representante del MPF mencionó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó uno de los recursos de queja que había presentado la defensa de Naserani, donde había cuestionado que se lo condene por el delito de asociación ilícita. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal consideró que la defensa no cumplió con los requisitos establecidos en la Acordada 4/2007 sobre la interposición de recursos extraordinarios y de queja, por lo que desestimó esa presentación.

Para la fiscalía, “existe una sentencia condenatoria firme con relación a Naserani por ser autor penalmente responsable de los delitos de uso de documento público falso agravado de asociación ilícita, en concurso real entre sí; por otro lado, que se ha satisfecho el doble conforme respecto de la pena de efectivo cumplimiento que se le impuso en virtud de ello”.

Explicó entonces que solo queda pendiente de resolver un recurso relacionado con el monto de la pena, que Casación confirmó el año pasado y quedó fijada en 4 años y 6 meses de prisión. No obstante, aclaró que la responsabilidad de Naserani en los hechos ya quedó confirmada.

“Dicho escenario consolida los riesgos procesales inherentes al caso y toma necesario ordenar la detención de Naserani a fin de asegurar su sujeción al proceso y la eventual ejecución de la pena aplicable”, sostuvo la fiscal en el escrito.

Recordó allí que el ciudadano iraní integró una asociación ilícita internacional, compuesta por al menos cinco personas, que se dedicaba a falsificar documentación de identificación personal, a utilizarla y venderla a personas de distintas nacionalidades, y a obtener billetes aéreos por medio de dicha documentación, que también eran entregados a los eventuales adquirentes.

Según la investigación, la organización desarrolló sus actividades desde noviembre de 2018 y hasta el 16 de marzo de 2019, y operó en España, Portugal, Grecia y Argentina.

“La gravedad del hecho que fue objeto de juzgamiento en autos se advierte con toda claridad. Se trata, pues, de una asociación con ramificaciones en diversos lugares del mundo, con distribución de funciones entre sus miembros y con un quehacer muy sofisticado, que les permitía confeccionar una gran cantidad de documentos y pasaportes correspondientes a distintas nacionalidades, probar su calidad mediante un software especializado, y distribuirlos entre sus clientes, que eran justamente migrantes ilegales. Ello incluso le permitió a Naserani ingresar a nuestro país con un pasaporte israelí apócrifo”, explicó Baigún.

A eso le agregó que existen múltiples circunstancias que muestran un posible riesgo de fuga. Consideró que se trata de un hombre que carece de arraigo y que “ingresó al país ocultando su verdadera identidad”. De esta forma, demostró “la disponibilidad de medios y experiencia para poner en práctica maniobras evasivas y sustraerse, de ese modo, del accionar de la justicia”. Resaltó, además, que su ingreso obedeció “a la sola finalidad de desarrollar una actividad ilícita”.

“Previo a su entrada a la República Argentina, hizo uso de identidades falsas para sortear los controles migratorios de países de la Unión Europea. Incluso, registró un proceso judicial en Portugal del que efectivamente se sustrajo”, recordó la fiscalía.

Para la fiscalía, “existe una sentencia condenatoria firme con relación a Naserani por ser autor penalmente responsable de los delitos de uso de documento público falso agravado de asociación ilícita, en concurso real entre sí; por otro lado, que se ha satisfecho el doble conforme respecto de la pena de efectivo cumplimiento que se le impuso en virtud de ello”.

Por último, señaló que los integrantes de la asociación ilícita que integraba Naserani no pudieron ser hallados aún, por lo que “cuenta con contactos que bien podrían ayudarlo a eludir el accionar de la Justicia”.

“Frente a semejante escenario, debo indicar que la firmeza de la condena y el doble conforme de la pena constituyen una pauta objetiva para presumir válidamente que el imputado habrá de sustraerse de su ejecución. A su vez, frente a la magnitud del riesgo de fuga que se revela en autos, la única medida de coerción eficaz resulta ser la prisión preventiva en un establecimiento penitenciario”, resaltó Baigún en su presentación.

El caso

Naserani llegó al Aeropuerto Internacional de Ezeiza “Ministro Pistarini” el 12 de marzo de 2019, junto a pareja, provenientes de la ciudad española de Madrid. En el control de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) de la terminal internacional, Naserani expuso pasaportes emitidos a nombre de ciudadanos israelíes, que habían sido denunciados como robados, lo que disparó la alerta naranja de Interpol.

Tras ser entrevistado por las autoridades migratorias, y pese a esa advertencia, se les permitió el ingreso a la Argentina y se les devolvieron los documentos. Pero tras la intervención de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°1, se ordenó la detención de la pareja, que se concretó días después del ingreso, en un allanamiento en el cuarto del hotel donde se alojaban, en la zona porteña del Abasto.

Finalmente, la investigación avanzó sobre prueba material que exponía los vínculos con una estructura ilegal dedicada a la adulteración de documentación que habría operado al menos entre marzo de 2015 y marzo de 2019 en la Argentina, España, Portugal, Grecia, Reino Unido, Turquía e Irán.

La causa tuvo una serie de idas y vueltas. En diciembre del 2020, el Tribunal Oral Federal Nº6 había condenado a Naserani a 3 años de prisión en suspenso por ser autor del delito de uso de documento público falso agravado por estar destinados a acreditar la identidad de las personas. En tanto, lo había absuelto por la acusación de asociación ilícita. Su pareja Mansoreh Sabzali había sido condenada solo por el uso del pasaporte falso y condenada a idéntica pena.

Tras esto, la fiscalía presentó un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal. En diciembre de 2021, la Sala II anuló la absolución de Naserani por asociación ilícita y lo condenó también por ese delito -tal como había pedido la fiscal Baigún-, por lo que ordenó el reenvío al tribunal de origen para que fije nueva pena.

La decisión fue recurrida por la defensa ante Casación y la Sala IV del tribunal de alzada revisó y la confirmó. Finalmente, el TOF Nº 6 dispuso la pena de 4 años y 6 meses de prisión, la defensa volvió a recurrir y en noviembre del año pasado, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena.

La resolución, votada de manera unánime por la jueza Ángela Ledesma -presidenta- y los jueces Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar, rechazó el planteo de la defensa y dio por acreditado la pertenencia de Naserani a una estructura ilegal internacional dedicada a la confección de documentación apócrifa que era entregada a migrantes para entrar con identidades falsas a distintos países.

 

 

 

 

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