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TUCUMÁN

2 de septiembre de 2025

Viola sobre el falló de Marianello: "Es una medida cautelar que lo que busca es la censura previa"

El Dr. Martín Viola charló con Marcelo Alcorta para hablar de la apertura de sobres licitatorios para la obra del Acueducto de Vipos. También se refirió al fallo de Marianello que prohíbe difundir los audios filtrados de Karina Milei.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), en representación del gobernador, Osvaldo Jaldo, estuvo el ministro de Economía y Producción, Daniel Abad, quien presenció el acto de apertura de sobres licitatorios para la obra del Acueducto de Vipos que se celebró en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Nación.

Junto al ministro Abad, estuvieron el gerente de la Sociedad Aguas del Tucumán, Marcelo Caponio y el secretario de Energía y Servicios Públicos, Martín Viola, quien fue entrevistado en Tucumán a Diario, para hablar al respecto. 

"Participamos en lo que es el proceso de licitación, lo que es el acueducto de VIPOS, donde lo que se hizo fue la apertura de las ofertas correspondientes, de la obra, en el cual se presentaron 10 empresas, estamos hablando de una obra que ronda los 150.000 millones de pesos, y que en este sentido, lo que va a terminar significando es que la capacidad de abastecimiento de agua que hoy tiene, sobre todo, el área metropolitana de la provincia, lo que es también Tafí Viejo, Yerba Buena, se duplique de acuerdo a la capacidad que tenemos hoy en día", manifestó el funcionario. 

"Hoy en día estamos contando con una capacidad de 2.000 metros cúbicos, y la idea es estar entre los 4.000 o 6.000
metros cúbicos con la nueva obra", añadió. 

Viola en tanto agregó: "Seguramente la obra comenzará a fines de este año, comienzos del año que viene, y ahora la comisión de adjudicación de la oferta tiene que examinar la misma en materia técnica, y ya para avanzar con la construcción de la obra en sí".

Entrevista con Martín Viola en La 97.1 

Censura previa

Este lunes se conoció el fallo de Patricio Alejandro Marianello para frenar la difusión de los audios filtrados de Karina Milei, apuntando a los periodistas, Jorge Rial, Mauro Federico, entre otros. Martín Viola, abogado constitucionalista, se expresó sobre el tema y señaló: "Desde el punto de vista político, creo que el oficialismo a nivel nacional, lo que está haciendo, y más después de ver el resultado que tuvo en Corrientes, es buscar responsabilidades en agentes externos de errores propios". 

"Lo que se intenta es distraer por ahí a la ciudadanía sobre lo realmente importante, y lo realmente importante, lo que estamos viendo hay que algunos audios que involucrarían presuntos hechos de corrupción, digo presuntos porque el Poder Judicial tiene que determinar, y la verdad que estoy muy preocupado y digamos muy sorprendido de que a esta altura del año 2025 haya un juez de la Nación que establezca lo que es la censura previa", agregó en La 97.1 Radio Tucumán.

"Porque esta medida cautelar que dictó el juez, primero que no tiene un sujeto pasivo identificado, es decir, cuando hay una cautelar tiene que decir exactamente tal persona que tenga que hacer tal cuestión, cosa que en la cautelar no está identificado, sino que lo hace de modo genérico, de modo impreciso, y por otro lado tampoco tiene plazo, o sea que es una medida cautelar eterna sin sujeto, y que lo que busca sinceramente es la censura previa", señaló y precisó: "En este sentido nuestra normativa y la jurisprudencia hasta la fecha era muy clara que bajo ningún aspecto, tanto el artículo 14 de la propia Constitución, el artículo 32, el artículo 13.2 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, eran muy claros estos cuatro artículos, es decir que la censura previa, es decir, el hecho de que una autoridad o el Estado restringe a la difusión de ideas está terminantemente prohibido, es más, lo que se establece es lo que se llama la responsabilidad ulterior, es decir, no se puede prohibir la difusión de ideas".

Viola en tanto explicó: "Si un determinado sujeto difunde ideas, y esas ideas después se comprueba que son falsas, que atentan contra la moral o contra el honor de una persona, hay una responsabilidad ulterior o posterior, pero nunca puede prohibirse previamente esa difusión de las ideas, porque no solamente ataca la libertad de expresión, en este caso de ustedes como periodistas, que es un principio consagrado tanto por la normativa, sino también el peligro de cualquier ciudadano ahora se puede ver envuelto, puede tener el temor de no expresar libremente su opinión al tener alguna consecuencia judicial".

"Es un fallo, como digo, que está contradiciendo todo el historial de las Cortes Suprema de Justicia de Nación en esta materia, así que espero que haya algún otro juez que dé vuelta a este fallo y que se permita la libre difusión de las ideas, en este caso de los audios vinculados a los hechos de corrupción. Después, si estos audios son falsos o no son falsos, si estos audios contenían, digamos, algún hecho que no puede ser comprobado con otros hechos, habría una responsabilidad por parte de los que los divulga o no, pero nunca se puede prohibir previamente". 

Escuchá la nota.

 

 

 

 

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