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ARGENTINA

29 de enero de 2025

El Gobierno oficializó el autodespacho de combustible

La medida se publicó en el Decreto 46/2025 del Boletín Oficial. Vale aclarar que la medida es optativa para los expendedores. Cómo y dónde funcionará.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, lo había anunciado en diciembre; habilitarían en la Argentina el autodespacho de combustible en las estaciones de servicio, el Gobierno oficializó este miércoles la medida.

Publicado bajo el Decreto 46/2025 firmado por el presidente Javier Milei y los ministros Guillermo Francos y Luis Caputo, el texto indica: “Autorízase en todo el territorio nacional el autodespacho de combustible como modalidad optativa, a elección de los expendedores, quienes podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores de autoservicio”.

A su vez, señalaron que “es una actividad permitida de larga data en muchos países, especialmente en los más desarrollados como los Estados Unidos, desde 1964, o en los países miembros de la Unión Europea, desde 1982. También países de nuestra región como la Chile, Perú, Venezuela y Uruguay, entre otros, permiten esta modalidad de expendio de combustibles”.

Algunas estaciones de servicio de YPF y Shell en la Ciudad de Buenos Aires (CABA) y en Mendoza comenzaron a hacer pruebas para la implementación del autoservicio de nafta y gasoil en los últimos días aunque vale aclarar que en algunas provincias está prohibido: Buenos Aires, La Pampa y Jujuy.

“Era esperado que en CABA sea uno de los primeros lugares en lanzarse porque no hay nada que lo prohíba. Distinto es el caso de Buenos Aires y de otras provincias”, dijo Hernán Landgrebe, presidente de la Federación de Empresarios de Combustibles (Fecra).

Respecto del funcionamiento, se aclara que “una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo”. Tras ello, “se estará en condiciones de poner en marcha el motor”.

La encargada de establecer los requisitos que deben cumplir las estaciones interesadas en adoptar la modalidad será la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía y los criterios se definirán en un plazo de 60 días a partir de hoy.

“Hasta tanto se dicten dichas normas, los interesados deberán solicitar autorización”, indicaron.

 

 

 

 

Nexofin

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