ARGENTINA
22 de enero de 2025
ARCA oficializó la recategorización del monotributo
La exAFIP, publicó en el Boletín Oficial la nueva resolución general que modifica el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes. Qué pasará con la recategorización del monotributo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA) oficializó que los monotributistas deberán recategorizarse de forma semestral, en enero y julio de cada año, con valores que se actualizarán en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Así se dispuso en la Resolución General 5637/2025 de la ex AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, en medio del plazo fijado para lo que hasta ahora era una recategorización anual, entre el 15 de enero y el 5 de febrero.
De cuánto es el aumento
La medida reglamenta lo establecido en la ley 27.743 de Medidas fiscales, paliativas y relevantes, que determinó la recategorización semestral ajustada por el IPC correspondiente al semestre que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice.
Hasta ahora, la periodicidad de la recategorización era anual y ajustada por el índice de Movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional.
En esta oportunidad, el ajuste sobre los valores vigentes hasta diciembre es del 21,13%, que fue la variación del IPC entre julio y diciembre de 2024.
Los nuevos valores
De esa forma, un monotributista de categoría “A” que sin el componente previsional pagaba mensualmente $ 3.000 pasará a abonar $ 3.633,98.
ARCA publicó en su sitio web los nuevos valores que regirán a partir de febrero, con un máximo de $1.050.323,75 para la categoría “K”, siempre que no exceda de ingresos brutos anuales de $82.370.281,28, equivalente a un promedio mensual de $6.864.190,11.
En caso de sobrepasarse ese nivel de ingresos, se perderá la condición de beneficiario del régimen y se pasará al de autónomos.
Escalas del monotributo febrero 2025 con aumento:
- Categoría A: ingresos brutos hasta $7.813.530. Deberán pagar $32.223.
- Categoría B: ingresos de hasta $11.447.730 brutos anuales. Pagarán $36.681 a partir de febrero.
- Categoría C: ingresos de hasta $16.051.050. Pagarán $42.954.
- Categoría D: ingresos de hasta $16.450.000 brutos anuales. Pagarán $19.927.530.
- Categoría E: ingresos de hasta $23.440.590. Quienes se dedican a la venta de bienes pagan $77.951 y los que realizan prestación de servicios, $70.440.
- Categoría F: ingresos de hasta $29.376.450. Pagan $98.103 para bienes y $84.535 para servicios.
- Categoría G: ingresos de hasta $35.130.600. Pagan $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad del contribuyente.
- Categoría H: ingresos de hasta $53.301.600. Pagan $340.081 para bienes y $206.827 para servicios.
- Categoría I: ingresos de $49.250.000 a $59.661.450. Pagan $627.030 para bienes y $309.038 para servicios.
- Categoría J: ingresos de hasta $68.322.960. Pagan $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.
- Categoría K: ingresos de hasta $68.000.000. Pagan $1.050.386 para bienen y los que prestan servicios, $456.800.
Recategorización: notificaciones de ARCA
ARCA notificará a cada monotributista en su domicilio fiscal electrónico dentro de los diez días hábiles posteriores al plazo previsto para la recategorización. La fecha límite para realizar el trámite es el 5 de febrero.
“Confirmada la decisión administrativa, la recategorización de oficio producirá efectos, respecto de cada semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre), a partir de los períodos devengados agosto y febrero y las obligaciones de pago resultantes serán de aplicación a partir de dichos períodos y, respectivamente, hasta los períodos devengados enero y julio, inclusive”, precisó la resolución.
BAE
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