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TUCUMÁN

12 de junio de 2024

Prisión perpetua para los asesinos de la niña de cuatro años en Lules

Edgardo Hernán Caro y María Carolina Graneros fueron encontrados culpables como coautores del delito de homicidio doblemente agravado por alevosía

Este miércoles 12 de junio, la pretensión punitiva del Ministerio Público Fiscal, fue confirmada por el tribunal interviniente, que condenó a Edgardo Hernán Caro y a María Carolina Graneros a la máxima pena. Ambos fueron encontrados culpables como coautores del delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y criminis causae.  

Por el MPF intervino la Unidad Fiscal de Homicidios I, a cargo de Pedro Gallo, secundado por la auxiliar de fiscal Julieta Molé y Juan Vilardi, del equipo de la UFI. 

“Estamos conformes porque en lo sustancial de nuestra teoría del caso el tribunal ha compartido la perspectiva de niñez que habíamos solicitado y en definitiva el tribunal ha valorado un gran esfuerzo investigativo que hizo el Ministerio Fiscal, haciendo un trabajo muy importante con todas sus áreas científicas junto al fiscal Ignacio López Bustos. Fue una investigación compleja por todas las maniobras que hicieron los imputados para que la niña no sea habida. La única pena justa que podía ser aplicada para este caso es la prisión perpetua. Es difícil imaginar un caso más aberrante que este”, dijo el fiscal Gallo en rueda de prensa. 

La acusación  

A partir de marzo de 2021, en circunstancias que la niña víctima de cuatro años, se encontraba viviendo en el domicilio de pasaje Neuquén de la ciudad de Lules, a cargo de Graneros y su pareja Caro, fue sometida a reiterados maltratos crueles e inhumanos por parte de los mismos, consistentes en golpearla en distintas partes del cuerpo, someterla a situaciones humillantes, obligándola a arrodillarse en maíz, a sostener mitades de ladrillos en sus manos, abandonándola en múltiples oportunidades al frío y desnuda en el patio en la madrugada y arrojándole agua fría mientras le recriminaba que se hacía sus necesidades encima. 

Hasta que el día 30 de junio de 2021, mientras la niña se encontraba en la cama de la habitación que pertenecía a Caro y Graneros, el imputado Caro, quien junto con Graneros se encontraba encargado de la guarda, abusó sexualmente de la pequeña en horas de la tarde y nuevamente a la noche, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente. 

A continuación, frente al estado deplorable en que se encontraba la niña por los maltratos recibidos y la agresión sexual sufrida, se descompensó, por lo que los imputados, previo acuerdo de voluntades y actuando de manera conjunta y coordinada, aprovechándose del estado de indefensión de la menor y a los fines de lograr la impunidad, la cargaron convaleciente, en medio de los dos, en una motocicleta marca Motomel modelo 110 cc color azul con blanca, y la trasladaron hasta un terreno sito en el San Ramón, ubicado en la Reducción, Lules.

Allí, con claras intenciones de causarle la muerte de un modo cruel, inhumano y aumentando de manera innecesaria el sufrimiento, la tiraron en un pozo cavado para letrina y la prendieron fuego produciendo de esta manera la muerte de la niña. A continuación, se retiraron del lugar, regresando Graneros a su domicilio en busca de colaboración para hacer desaparecer los restos de la pequeña, mientras que Caro se dirigió hacia su trabajo.

 

 

 

 

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