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21 de abril de 2023

Tarjetas de Crédito: Cuánto podés gastar sin control de la AFIP

Las entidades bancarias tienen que dar a conocer los gastos acumulados con la tarjeta de débito durante un mes a partir de un monto mínimo

En el mundo es muy común pagar las compras con tarjetas de débito y crédito, por lo que los pagos en efectivo son atípicos. Incluso todos los bancos permiten usar la tarjeta de débito en el exterior, haciendo compras con los fondos en la caja de ahorro en pesos, de tal modo que el sistema procesador los convierte de la moneda en que se haga la compra (reales o euros, por ejemplo) a dólares y luego a pesos al tipo de cambio oficial, sumando los impuestos.

Entonces lo que se debita de la caja de ahorro en pesos, es una suma que resulta de pesificar los dólares gastados al tipo de cambio oficial más el impuesto PAIS (35%), la percepción de Impuesto a las Ganancias (45%) más la percepción de Impuesto sobre los Bienes Personales (25%).

Para activar tu tarjeta de débito para usar en el exterior, tenés que dar un "preaviso" de viaje. El procedimiento variará según el banco u entidad financiera que operes, aunque, por lo general, el mismo suele ser similar.

AFIP conoce cuánto gastás con la tarjeta de débito

Las tarjetas de crédito y débito son los dos medios de pago más utilizados en la actualidad. En este contexto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar los gastos acumulados durante un mes con tarjetas de débito.

Mediante la Resolución General 5348/2023, se activará la información bancaria obligatoria a partir de los $120.000. "Los consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales -excluyendo los montos de extracciones en efectivo y cualquier otro monto que no implique consumo- en el país, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $120.000 mensuales en cada cuenta", dice la normativa.

Asimismo, las entidades financieras tendrán que brindar información de todos estos conceptos de los clientes, incluso cuando se supera el monto en sólo uno de ellos.

Por otra parte, la AFIP elevó a $200.000 el monto mínimo por el cual las instituciones financieras deben informarle al organismo los movimientos de acreditación y extracción de sus clientes. La norma rige también para cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales.

Con estas modificaciones, los bancos podrán agilizar las operaciones y a su vez, recibirán información automática y permanente de las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.

¿Cuál es el monto mínimo para aceptar débito?
Según el estado nacional es obligatorio aceptar pagos con tarjeta de débito cuando el importe sea igual o mayor a 100 pesos. Sin embargo, si el comercio acepta pagos con QR entonces no está obligado a aceptar pagos con tarjeta de débito.

En este sentido, los siguientes comercios están obligados a aceptar pagos con tarjeta de débito o pagos con QR:

  • Los comercios que se dedican a la venta de cosas muebles
  • Los comercios que prestan servicios de consumo masivo
  • Los comercios que hacen obras
  • Los comercios que alquilan cosas muebles

Cabe aclarar que si el monto es inferior a 100 pesos o el comercio está en una localidad con menos de 1000 habitantes, queda en decisión del comercio aceptar la tarjeta de débito.

Cabe aclarar que si el monto es inferior a 100 pesos o el comercio está en una localidad con menos de 1000 habitantes, queda en decisión del comercio aceptar la tarjeta de débito.

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Por otra parte, en el caso de restaurantes, también podrás abonar la propina con tarjeta de débito (no es obligatoria) con un tope del 15% de lo consumido.

 

 

 

Fuente:Iprofesional

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