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1 de marzo de 2021

La ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de girasol

La medida es por falta de registros del establecimiento en el que se lo elabora, del producto y por estar falsamente rotulado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol, según se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

Mediante la disposición 1532/2021, la entidad informó que retiró del mercado el producto “Aceite de Girasol, marca Ybarra, RNPA 02-146234 elaborado por RNE 02-0007188”, por carecer de registros de establecimiento y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegal.

"Las actuaciones se iniciaron a raíz de que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) informó las acciones realizadas derivadas de un programa de monitoreo en relación a la comercialización del producto que no cumple la normativa alimentaria vigente”, señaló la entidad.

Se determina entonces que “el producto se halla en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

Ante ello, y “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado,no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República” y que “en atención a las circunstancias detalladas”.

En tanto, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también de todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el registro de RNE mencionado.

 

 

 

 

 

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